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Promulgan ley que crea Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Presidente de la República aseguró que la nueva normativa obligará a los padres a cumplir sus obligaciones con sus hijos.

El día miércoles 10 de noviembre el Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y establece diversas retenciones para obligar al pago de las pensiones alimenticias.

La ceremonia oficial se realizó en el Palacio de la Moneda junto a la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett y el Ministro de Justicia, Hernán Larraín.

Este nuevo instrumento estará a cargo del Registro Civil, incluyendo a aquellas personas que deban al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas y al mismo tiempo arriesgando sanciones en la solicitud de créditos, devoluciones de impuestos, compraventa de vehículos y propiedades y remuneraciones, además de impedirles adquirir licencia de conducir o pasaporte.

Parte de la importancia de esta medida radica en que en Chile al menos un 46% de las mujeres no convive con el padre de sus hijos.

En la práctica estar en este registro significará que cuando un deudor solicite por ejemplo, un crédito bancario por un monto igual o superior a 50 UF (1.500.000 aprox.) el banco le retendrá parte del dinero para pagar la deuda de alimentos. De igual forma en el proceso de devolución de impuestos, la Tesorería General de la República hará lo propio.

En caso que el deudor venda un inmueble o un vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil según corresponda, podrán inscribir el traspaso solo si se acredita que con las ganancias pagarán su deuda de pensión de alimentos.

Tampoco se les otorgarán licencias de conducir ni pasaportes a los deudores, salvo en aquellos casos acreditados ante tribunales.

La ley establece que serán retenidas las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil cuando tengan deudas alimenticias. Habrá demás, inhabilidad para recibir beneficios económicos o bonos por parte del Estado y órganos como la Administración del Estado o el Congreso Nacional deberán revisar el registro antes de contratar a alguien.

Si una persona es despedida y también debe alimentos, la deuda será descontada de su indemnización por años de servicio

Al respecto el Presidente Piñera dijo que esta ley “le va a hacer la vida muy difícil a los padres que quieran seguir evadiendo sus obligaciones. Son medidas muy duras, pero justas y necesarias para lograr que las pensiones de alimentos se paguen oportunamente. La primera obligación de los padres es cuidar, formar y educar a sus hijos”.

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